Sol Minerales y Servicios está comprometida en ser una empresa socialmente responsable tanto con nuestros clientes, trabajadores, proveedores, el medio ambiente y la sociedad en general buscando aportar al desarrollo del país.
Este es un desafío para todo nuestro quehacer como empresa integrando a todas las áreas de Sol Minerales y procurando implementarla en todos aquellos lugares en los que estamos presentes.
El deseo de la empresa es hacer negocios basados en principios éticos y apegados a la ley.
La decisión de hacer estos negocios rentables de forma ética y basados en la legalidad es realmente estratégico, ya que con esto se generará:
• Mayor productividad
• Mayor acceso a los mercados
• Crecimiento en el mercado de la exportación
• Lealtad a los clientes
• Credibilidad
Esta es una forma de hacer negocios que nos garantiza mayor sostenibilidad a lo largo del tiempo y crecimiento económico.
La RSE es el rol que le toca jugar a las empresas a favor del Desarrollo Sostenible, es decir, a favor del equilibrio entre el crecimiento económico, el bienestar social y el aprovechamiento de los recursos naturales y el medio ambiente.
Este equilibrio es vital para la operación de los negocios.
Las empresas deben pasar a formar parte activa de la solución de los retos que tenemos como sociedad, por su propio interés de tener un entorno más estable y próspero.
Algunas de las responsabilidades éticas de Sol Minerales y Servicios con los trabajadores y la comunidad son:
• Servir a la sociedad con productos útiles y en condiciones justas.
• Crear riqueza de la manera más eficaz posible.
• Respetar los derechos humanos bajo condiciones de trabajo dignas favoreciendo la seguridad, la salud laboral y el desarrollo humano y profesional de los trabajadores.
• Procurar la continuidad de la empresa intentando obtener un crecimiento razonable.
• Respetar el medio ambiente evitando todo tipo de contaminación, minimizando la generación de residuos y racionalizando el uso de los recursos energéticos y naturales, supervisando la eficiencia eléctrica y el correcto uso del agua en la empresa.
• Seguimiento del cumplimiento de la legislación por parte de la empresa.
• Supervisión de las condiciones laborales y de salud de los/as trabajadores.
• Seguimiento de la gestión de los recursos y los residuos.
• Implicar a los empleados en las buenas prácticas de RSE.
• Implicar a los consumidores, comunidades locales y resto de la sociedad.
• Mejorar las posibilidades y oportunidades de la comunidad donde se establece la empresa.
• Mantenimiento de la ética empresarial y lucha contra la corrupción.
• Combatir el trabajo infantil, debemos actuar en la prevención y eliminación del mismo ya que interfiere con el derecho a la educación, al juego, a la salud y al desarrollo integral de los niños.
• Igualdad de Trato, discriminación y acoso en el ámbito laboral.
A continuación los puntos más importantes acerca de estos temas:
Entendemos por igualdad de trato la ausencia de toda discriminación directa o indirecta.
Estas pueden ser por razón de origen racial o étnico, religión, convicciones, edad u orientación sexual de una persona.
La discriminación directa se produce en y por tratos menos favorables a una persona en comparación a otra por las razones antes descriptas.
La discriminación indirecta se produce cuando una disposición legal o reglamentaria, una cláusula convencional o contractual, un pacto individual o una decisión unilateral, aparentemente neutros, puedan ocasionar una desventaja particular a una persona respecto de otras por las mismas razones antes descriptas siempre que objetivamente no respondan a una finalidad legítima y que los medios para la consecución de esta finalidad no sean adecuados y necesarios.
Acoso en el ámbito laboral es toda conducta no deseada relacionada con el origen racial o étnico, la religión o convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual de una persona, que tenga como objetivo o consecuencia atentar contra su dignidad y crear un entorno intimidatorio, humillante u ofensivo.
Cualquier orden de discriminar a las personas por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual se considerará en todo caso discriminación.
El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual se consideran en todo caso actos discriminatorios.
Las leyes prohíben la discriminación y el acoso en el ámbito del empleo.
Los trabajadores se encuentran protegidos contra las represalias por motivos de origen racial o étnico en todos los ámbitos, y expresamente dentro del ámbito del empleo.
SOL MINERALES Y SERVICIOS S.A.